Visto: La denuncia de infracción y protesta de partido presentada por el Club
Atlético Calaveras, por el encuentro que disputara frente a S. y D. Unión, el día
13 de Mayo del corriente año.-
Considerando: El hecho que motiva la
presentación, La prueba aportada por el Club A. Calaveras que sostiene su
protesta, La defensa ejercida en tiempo y forma por el Club S. y D. Unión, La
Prueba aportada por el Club local, La documentación del encuentro, La
legislación vigente, El reglamento de Transgresiones y Penas, Este Tribunal:
Resuelve: 1º) Desestimar la falsedad ideológica esgrimida por el Club visitante,
contra S. y D. Unión de Curarú.- 2º) Al quedar probado que el Club local,
incluyó a (5) cinco jugadores excedidos de la edad tope para la categoría
(clase 1990) cuando por resolución interna de la Liga, se permite un máximo de
(4) cuatro jugadores, da pié a considerar que el mismo sacó una ventaja
deportiva y por lo tanto, se da por perdido el partido al Club S. y D. Unión ,
registrándose como resultado: 0 gol para el mismo y 1 gol para el Club Atlético
Calaveras.- 3º) Al hacer prosperado la protesta, La Liga Pehuajense de Futbol,
le devuelve al Club Atlético Calaveras, el arancel de la misma.
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